lunes, 17 de octubre de 2016



LOS SINDICATOS Y SU HISTORIA
 

El sentido corporativo de la fuerza trabajadora tuvo formas muy variadas de expresión. La situación dentro de la cual se encontraban los trabajadores domésticos no hacia fácil combinación alguna, en la primera mitad del siglo XVIII existió un fuerte movimiento a favor de los clubes, estos tomaron un disfraz y disimularon sus verdaderos propósitos bajo títulos que implicaban amistosas actividades, se encontraban más cerca del gremio antiguo que del moderno sindicato.

Las actividades unionistas procuraban por entonces controlar los ingresos de nuevos industriales, suprimir trabajadores "falsos" y apelar ante la autoridad a fin de que se aplicasen las leyes dictadas por la reina Isabel sobre salarios.
 

Con el transcurso del tiempo los trabajadores ya organizados, empezaron a hablar en tono más alto y a partir de 1.760 las regiones carboníferas, los puestos y los poblados textiles fueron testigos frecuentemente de escenas violentas.

Más de 200 años antes el Estado reglamentó el trabajo, los estatutos establecidos entonces no eran materia de frecuente aplicación durante la Revolución Industrial aunque se sostenía que un aumento de jornales no solicitado por medio de una petición a los tribunales constituía un delito. Mientras una unión permanecía inactiva nadie la importunaba, más, en cuanto se iniciaba una disputa, los patronos hacían uso de la influencia para obtener una ley que impidiese la asociación en esa particular rama de la industria.

Las clases dirigentes temían que las uniones sirviesen como disfraz a sociedades secretas o revolucionarias, una ley estableció que cualquier persona que se asociara con otra u otras con el fin de obtener un incremento de salario o una reducción de sus horas de trabajo podía ser sometida a los tribunales y ser condenada hasta 3 meses de prisión, el juez podía ser el mismo patrón o sino tomar una actitud decisiva dentro de la controversia. Las protestas fueron muchas y la ley se derogó sustituyéndola por otra. La ley de Asociaciones de 1.800 se aplicó raramente, en casi todos los casos donde los obreros fueron acusados de haberse asociado la persecución se hizo contra una conspiración, prohibida por la Common Law, o bien contra una violación a una disposición aplicable a una industria en lo particular. El aparato de la persecución penal era de poco efecto, no obstante sus apariencias, la mejor prueba de la verdad de esta afirmación la proporciona el hecho de que en el primer cuarto del siglo XIX se constituyeron incontables uniones, muchas de ellas públicamente sin que acción alguna se siguiese en su contra. La ley de Asociaciones se aplicaba por igual a los patronos. Hubo muy pocos procesos por conspiraciones hechas con el fin de disminuir los salarios.

 Aporte Maira Alejandra Montealegre Duarte

 

0 comentarios:

Publicar un comentario