sábado, 17 de septiembre de 2016

PRINCIPALES FUNCIONES DE LAS UNIONES SINDICALES



Todos los  trabajadores que participen de Uniones sindicales y  que laboren para ellas en la República de Colombia, representan  el sindicato en todas sus instancias, con Personería Jurídica reconocida mediante Resolución  aprobada por  el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, fija las normas que regirán los contratos individuales de trabajo durante su vigencia, procura el mejoramiento y seguridad industrial, higiene, estabilidad social y económica en las condiciones laborales e, indica los derechos y prerrogativas sindicales. A ella se consideran incorporadas todas las disposiciones legales pertinentes y en especial las del Código Sustantivo del Trabajo y las leyes que lo adicionan o modifican.

Las disposiciones normativas de toda union Sindical se consideran incorporadas en los contratos individuales de trabajo, durante su vigencia.
Toda disposición o reglamentación contraria a los fines expresos de la Union Sindical  que tienda a desvirtuar, falsear, tergiversar o contradecir las estipulaciones pactadas convencionalmente, se tendrán como inexistentes.

Apoyar a los aprendices  durante las etapas productivas para que les sean aplicadas las  participaciones  de las convenciónes  dadas en la union sindical en igualdad de condiciones a las que contempla los trabajadores en condiciones normales, adicionalmente, se les computará el tiempo de aprendizaje para todos los efectos, cuando ingresen a la Empresa con contrato a término indefinido. A estos aprendices se les aplicarán las normas legales durante las etapas lectivas.
Atenderá y resolverá las reclamaciones que al respecto presente la Unión Sindical Obrera por incumplimiento  dichos  contratos de aprendizaje

Para todo efecto legal en las Uniones sindicales surte efecto las normas de  No discriminación , donde queda prohibida toda clase de persecución, coacción o discriminación por razones sindicales, políticas, religiosas, raciales, regionales, de nacionalidad, profesión, de género, de orientación sexual, cargo o lugar de trabajo, así como cualquier otro acto contra el derecho de sindicalización o el ejercicio sindical. Toda persona que ejercite persecuciones o discriminaciones de esta índole, así como cualquier actuación que perturbe el ejercicio de los derechos de asociación sindical o del sindicato incurrirá en las sanciones previstas en la ley.

Todo lo mencionado anteriormente y muchas cosas mas que contempla esta articulación diseñada en el tiempo para  ser escuchados en grandes masas y para que la voz del  pueblo tenga eco en las grandes instituciones e industrias que dirigen  los paises en general, son nuestra puerta abierta  a buscar el mejoramiento continuo del bienestar propio y de nuestras familias, de vivir una vida digna en comunidad y en equidad para todos, pero no debemos olvidar que siempre unos pocos buscan su lucro personal a traves de esos canales y terminan en muchas oportunidades desviando la verdadera razon  de la conformación de los sindicatos, llevando a terminos  graves  a  las compañías hasta sus quiebras y la disminución de la oportunidad laboral y  y el buen desarrollo para todos.

0 comentarios:

Publicar un comentario